Top 5 curiosidades del Código Civil II
4. ¡ La que ha liado tu hijo! (artículo 1910 CC) Todos nosotros hemos sido pequeños alguna vez y en algún momento nos hemos quedado solos y aburridos en casa sin tener nada mejor que hacer que armar el caos entre el vecindario. Por lo visto el legislador también pasó por esa etapa y por eso determinó que el adulto que calmaría y disculparía a su hijo ante la masa furiosa acabaría zanjando el tema con un: es cosa de niños. El artículo 1910 derriba a cualquier padre sobreprotector: " El cabeza de familia que habita una casa o parte de ella, es responsable de los daños causados por las cosas que se arrojaren o cayeren de la misma". 5. Mis vacas son tuyas (artículo 1350 CC) Todo el mundo antes de casarse y dar el sí quiero tiene muy claro por qué régimen económico va a optar. Pero, ¿qué ocurre si uno de los cónyuges es propietario de cabezas de ganado?. "Se reputarán gananciales las cabezas de ganado que al disolverse la sociedad excedan del n...